Este es el tercer y último artículo de la serie iniciada tras mi participación en la audiencia del 24 de junio de 2025 ante la Corte Constitucional italiana. En el primero relaté lo ocurrido ese día. En el segundo, analicé jurídicamente la constitucionalidad del artículo 1 de la Ley 91/1992 y el alcance de la nueva Ley 74/2025. Hoy me propongo hablar desde otro lugar: desde lo que significa la ciudadanía cuando se vuelve espejo de la historia familiar, y no solo de la residencia.
La ciudadanía como anclaje: cuando un apellido es más que un dato
El derecho a la ciudadanía italiana por descendencia no nace de una moda reciente, ni de una ventaja instrumental. Nace del hecho de que millones de personas fueron educadas –en Argentina, en Brasil, en Uruguay, en Venezuela, en tantos rincones del mundo– bajo la certeza de que “somos italianos, aunque estemos lejos”.
No siempre se hablaba italiano. No siempre se comía igual. Pero había una foto del bisnonno, una cédula del comune de Salerno, una historia repetida en cada sobremesa. Y eso bastaba.
Cuando el legislador italiano reconoció ese derecho –en 1912, en 1992 y aún antes– no lo hizo como concesión graciosa. Lo hizo porque entendió que Italia no termina en sus fronteras. Y que el pueblo italiano es también su diáspora.
La pregunta que subyace al juicio: ¿quién es parte del “pueblo italiano”?
En el juicio ante la Corte Constitucional se discutió el artículo 1 de la Ley 91/1992. Pero en el fondo, lo que se estaba discutiendo era esto: ¿Quién pertenece al pueblo italiano?
¿Solamente quien reside? ¿Solamente quien habla la lengua? ¿O también quien desciende, quien se reconoce, quien ha sido educado en esa pertenencia?
La Constitución, en su artículo 1, dice que “la soberanía pertenece al pueblo”. No lo define como conjunto de electores residentes. No lo reduce al territorio.
Durante la audiencia del 24 de junio, uno de los abogados intervinientes –con claridad conceptual y sentido histórico– lo expresó así: “¿Cuál es el pueblo que la Constitución reconoce como titular de la soberanía? ¿Acaso nació en 1948? No. El pueblo italiano nació en 1861, con la unidad nacional. Y ese pueblo no estaba compuesto solo por los residentes en el territorio, sino también por los millones de italianos que ya vivían en el exterior. Ellos también son constituyentes.”
Esa frase fue más que una argumentación jurídica: fue un recordatorio. El pueblo italiano no se conformó con un decreto, ni se inscribió en un registro civil. Fue, desde su origen, un pueblo disperso. Y esa dispersión –dolorosa, económica, forzada muchas veces– no lo excluyó de la historia italiana. Lo consolidó.
La ciudadanía por sangre no es un exceso. Es el reconocimiento de que hay continuidades no visibles, pero reales: la memoria, el afecto, la transmisión. Eso también es patria.
Y si la Constitución habla de pueblo y no de territorio, es porque reconoce que el vínculo político y jurídico puede persistir incluso allí donde no hay residencia. Porque hay algo que permanece más allá del pasaporte: la pertenencia. Y esa pertenencia, cuando se transmite con conciencia y con afecto, también construye Nación.
No se puede ser extranjero en la historia propia
En las últimas semanas he hablado con decenas de personas cuyas familias emigraron hace 70, 100 o 120 años. Algunos son bisnietos o tataranietos. Muchos hablan español, portugués, francés. Pero todos conservan algo que no se enseña en manuales: el sentimiento de pertenencia.
La pregunta es: ¿Puede un Estado desconocer ese vínculo solo porque han pasado más de dos generaciones? ¿Puede decidir que el vínculo con Italia “ya no es suficiente”, aun cuando nunca antes exigió otra cosa?
Desde una mirada puramente jurídica, se puede discutir. Pero desde una mirada política e institucional, la respuesta debería ser otra: No se puede declarar extranjero a quien ha vivido toda su vida como italiano. No se puede declarar sin derecho a quien fue parte silenciosa de una comunidad extendida.
La Corte no habló mucho. Pero escuchó. Y escuchar, en este caso, fue un gesto de respeto hacia los millones que, aun lejos, siguen diciendo: “soy italiano”.
La ciudadanía no es solo un documento: es una decisión de comunidad
En mi rol de abogada, he defendido este derecho en tribunales. Pero también lo he visto en gestos simples: una familia emocionada al recibir su pasaporte, un abuelo que nunca pensó que iba a ver a sus nietos reconocidos como italianos.
Por eso sostengo que la ciudadanía iure sanguinis no es un “beneficio sin contraprestación”, como algunos quieren hacer ver. Es un acto de reconocimiento recíproco.
- El Estado italiano reconoce al descendiente como miembro de su comunidad jurídica.
- Y el descendiente asume, con gratitud, ese lugar en la historia italiana.
Eso es ciudadanía. No solo el ejercicio de derechos, sino la integración en un nosotros compartido.
Lo que está en juego no es solo una reforma. Es la visión de país
La Ley 74/2025 ha impuesto límites generacionales y nuevos requisitos. La Corte Constitucional todavía no se ha pronunciado sobre su constitucionalidad ni sobre su alcance interpretativo.
Pero más allá del resultado, la pregunta política subsiste: ¿Qué Italia queremos construir hacia adelante? ¿Una Italia cerrada en su territorio? ¿O una Italia que reconozca que gran parte de su historia se escribió fuera de sus fronteras?
No hay contradicción entre defender la integración de nuevos italianos dentro del país y seguir reconociendo a quienes, desde el exterior, mantuvieron viva la italianidad a través de generaciones.
Conclusión
Este debate jurídico no es menor. Pero menos menor es lo que representa en términos culturales.
Quienes somos descendientes de italianos no pedimos privilegios. Pedimos que se respete un derecho que existía, que se aplicó y que dio lugar a vidas construidas en función de una identidad que no es solo emocional, sino jurídica. La italianidad no prescribe con el tiempo. Y la ciudadanía, cuando nace del vínculo y del derecho, no se delega ni se caduca: se honra.
No pedimos concesiones. Pedimos continuidad. Pedimos que el derecho siga reconociendo lo que la historia nunca olvidó.
Porque la italianidad no es una fecha. Es una raíz. Y las raíces no caducan: se sostienen.
Antes de ser abogada, estuve en tu lugar. Obtuve mi ciudadanía italiana, y fue ahí que me enamoré del derecho internacional, más precisamente del Derecho constitucional italiano.
Ni bien me recibí cómo abogada en la UNLP, viajé a Bologna, Italia, a realizar un Magíster en diritti constituzionale e diritti-umani. En simultáneo, a día de hoy, junto a mi equipo profesional, ayudé a más de 10.000 personas a obtener su doble nacionalidad. La empresa se encuentra en constante crecimiento, tanto de infraestructura, cómo de equipo y siempre en la vanguardia tecnológica, garantizando al 100% los procesos de nuestros clientes.
A día de hoy me encuentro terminando mi tesis, pero sin abandonar ni un segundo lo que me hace felíz y me motiva cada día, abrirle las puertas al mundo a miles de personas.




