Introducción
El Decreto-Ley n.º 36 del 28 de marzo de 2025, conocido como Decreto Tajani, ha reformado profundamente el régimen de ciudadanía italiana, restringiendo por primera vez en la historia republicana el alcance del ius sanguinis. La medida ha sido justificada por el Gobierno como necesaria para “preservar el vínculo efectivo con la República” y “alinear la legislación italiana con los estándares europeos”. Sin embargo, su contenido plantea serias dudas de constitucionalidad.
Este artículo analiza por qué el Decreto Tajani viola principios fundamentales del orden constitucional italiano, en particular los artículos 1, 2, 3 y 22 de la Constitución. Se argumenta que las medidas adoptadas—como la imposición de un límite generacional retroactivo, la pérdida automática de ciudadanía por “desuso”, y la negación de derechos consolidados sin salvaguardas efectivas—resultan inconstitucionales por falta de razonabilidad, proporcionalidad y respeto a la dignidad de la persona.
La ciudadanía como vínculo jurídico y constitucional
La ciudadanía italiana no es una concesión administrativa ni un beneficio discrecional: es un estatus jurídico protegido por la Constitución. El artículo 1 establece que la soberanía reside en el pueblo, y este pueblo está compuesto por sus ciudadanos. El artículo 2 reconoce y garantiza los derechos inviolables de la persona humana, tanto individualmente como en sus relaciones sociales. Y el artículo 3 proclama la igualdad ante la ley y el deber del Estado de remover los obstáculos que limiten de hecho la libertad y la igualdad de las personas.
La ciudadanía, en este marco, constituye el instrumento jurídico que define la pertenencia al pueblo soberano y permite el ejercicio de los derechos civiles, políticos y sociales. No puede ser tratada como una simple relación utilitaria, ni reducida a un instrumento de control migratorio. En particular, la ciudadanía transmitida por el ius sanguinis ha sido, desde el origen del ordenamiento republicano, la forma mediante la cual Italia ha reconocido y protegido su continuidad histórica y jurídica con la diáspora. Interrumpir ese vínculo de manera arbitraria no solo traiciona una política de Estado sostenida por décadas, sino que viola principios sustanciales del derecho constitucional.
El límite generacional: una discriminación inaceptable
El Decreto Tajani impone un límite generacional restrictivo, estableciendo que sólo podrán adquirir la ciudadanía italiana por nacimiento quienes tengan un progenitor o abuelo nacido en Italia. Las generaciones posteriores ya no tienen derecho automático, incluso si la cadena de descendencia no se ha interrumpido. Esta medida implica una exclusión retroactiva de millones de personas que, bajo la normativa anterior, tenían legítima expectativa de ser reconocidos como ciudadanos.
Esta exclusión genera una discriminación contraria al artículo 3 de la Constitución, pues establece una diferencia de trato basada en el grado de parentesco, sin justificación razonable. La pertenencia al pueblo italiano, conforme al marco constitucional, no puede condicionarse al número de generaciones que separa a una persona de su ascendiente nacido en Italia. Tal criterio introduce una desigualdad sustancial entre ciudadanos potenciales con el mismo vínculo jurídico (descendencia sin interrupción), violando el principio de razonabilidad de la legislación.
Además, la medida afecta desproporcionadamente a personas nacidas en países con mayor antigüedad migratoria, lo que produce una discriminación indirecta por origen nacional. Es particularmente grave que se aplique sin período transitorio suficiente, y que se niegue la ciudadanía a personas que cumplían todos los requisitos previos, sólo por no haber alcanzado a presentar la solicitud antes del 28 de marzo de 2025. Este tipo de corte normativo vulnera el principio de seguridad jurídica y la confianza legítima de los ciudadanos en la continuidad del ordenamiento jurídico, en abierta contradicción con la doctrina constitucional sobre los derechos adquiridos y las expectativas legítimas.
La pérdida por desuso: una medida desproporcionada
Otra innovación gravemente inconstitucional del Decreto Tajani es la introducción de la pérdida automática de ciudadanía por falta de vínculo efectivo, luego de 25 años sin contacto con la administración italiana. Esta previsión constituye una forma encubierta de revocación de ciudadanía por inactividad, que afecta a ciudadanos italianos en el exterior, con doble nacionalidad, que no hayan renovado documentos o ejercido derechos políticos en ese período.
Antes de ser abogada, estuve en tu lugar. Obtuve mi ciudadanía italiana, y fue ahí que me enamoré del derecho internacional, más precisamente del Derecho constitucional italiano.
Ni bien me recibí cómo abogada en la UNLP, viajé a Bologna, Italia, a realizar un Magíster en diritti constituzionale e diritti-umani. En simultáneo, a día de hoy, junto a mi equipo profesional, ayudé a más de 10.000 personas a obtener su doble nacionalidad. La empresa se encuentra en constante crecimiento, tanto de infraestructura, cómo de equipo y siempre en la vanguardia tecnológica, garantizando al 100% los procesos de nuestros clientes.
A día de hoy me encuentro terminando mi tesis, pero sin abandonar ni un segundo lo que me hace felíz y me motiva cada día, abrirle las puertas al mundo a miles de personas.